¿Cuándo se debe notificar RAMS?

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  Para el caso de profesionales de salud e instituciones prestadoras de servicios de salud pública y privada Para las reacciones adversas “no serias” se debe notificar en un máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para las reacciones adversas serias (graves) o amenaza de vida, inesperados, medicamentos de reciente comercialización y medicamentos de reciente incorporación a los listados institucionales se debe notificar en un máximo de 72 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para los casos de “muerte” (incluye aquellos por causas no especificadas), se debe notificar en un máximo de 24 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso.  

El Comité Europeo de Empresas del Vino (CEEV) apoyó las nuevas normas para informar al consumidor de los alérgenos en el vino


Estas normas fueron adoptadas después del vencimiento de la obligación de etiquetado, que se aprobó de manera provisional en 2007.
"El sector vitivinícola europeo apoya la necesidad de aportar información pertinente y fundada a los consumidores que sufren de alergias alimentarias (...) cuando se da la presencia efectiva en los vinos de ciertas sustancias que se utilizan tradicionalmente", señaló el CEEV en un comunicado.
La Comisión Europea adoptó el pasado 29 de junio las nuevas normas, según las cuales a partir de la cosecha de 2012 solo deberán ser etiquetados con información sobre los alérgenos los vinos que contengan trazas de sustancias potencialmente alergénicas (procedentes de la leche o el huevo).
Esos caldos deberán indicar en el etiquetado la mención "contiene" seguida de las referencias "huevo", "albúmina de huevo", "leche" o "caseína de leche".
Para determinar ese extremo, se aplicarán los métodos de análisis y criterios recomendados por la Organización Internacional de la Viña y el Vino, según un comunicado del CEEV.
Además, el etiquetado se podrá completar con un pictograma que mencione en todos los idiomas de la UE la palabra "alérgeno".
El secretario general del Comité Europeo de Empresas del Vino, José Ramón Fernández, señaló que las nuevas normas mejorarán la información al consumidor y a la vez asegurarán la libre circulación de los productos en la UE.
Las reglas no solo se aplicarán a los vinos europeos, sino también a los procedentes de terceros países que se introduzcan en el mercado comunitario después del 30 de junio de 2012.
Los vinos de las cosechas de 2011 y anteriores quedarán exentos de las obligaciones.
Países como Australia y Nueva Zelanda aplican ya normas similares.

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