¿Cuándo se debe notificar RAMS?

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  Para el caso de profesionales de salud e instituciones prestadoras de servicios de salud pública y privada Para las reacciones adversas “no serias” se debe notificar en un máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para las reacciones adversas serias (graves) o amenaza de vida, inesperados, medicamentos de reciente comercialización y medicamentos de reciente incorporación a los listados institucionales se debe notificar en un máximo de 72 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para los casos de “muerte” (incluye aquellos por causas no especificadas), se debe notificar en un máximo de 24 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso.  

En Costa Rica las Medicinas deben contar con pruebas de efectividad

Los medicamentos genéricos  en Costa Rica que sean registrados ante el Ministerio de Salud de ese país deberán volver a contar con pruebas de bioequivalencia.

Esa fue la determinación de la Sala IV, tras resolver una acción de inconstitucionalidad contra un decreto ejecutivo del 2010, el 36068-S, que eliminó la bioequivalencia como requisito para importar al país fármacos no originales.
La prueba de bioequivalencia busca determinar si dos medicamentos (uno original y otro genérico) tienen o no el mismo compuesto para impactar positiva y directamente contra una enfermedad.
Esa evaluación es una exigencia en farmacología para garantizar la calidad y efectividad de las medicinas consideradas “iguales” en sus principios activos.
La acción contra el decreto fue planteada por la Asociación Nacional Segunda Oportunidad de Vida (Anasovi), bajo el alegato de que cuando se suspendieron en el país las investigaciones en seres humanos, la medida no implicaba la no presentación de las pruebas de bioequivalencia para fármacos.
Regocijo. El fallo de la Sala IV llenó de satisfacción a Seidy Araya, vicepresidenta de Anasovi.
“No es un triunfo para la Asociación, sino para los pacientes en general, gente enferma o no enferma, porque se trata de tener medicamentos que sean de calidad y que tengan estudios al respecto”, manifestó la representante.
Araya agregó que con el restablecimiento de las bioequivalencias, ahora “habrá que depurar lo que el Ministerio de Salud deja entrar al país, pues hay muchos medicamentos que no son lo que dicen que son”.
Según la vicepresidenta de Anasovi, cuando se interpuso la acción de inconstitucionalidad no fue por estar en contra de los medicamentos genéricos en sí, sino para que estos “sean de buena calidad”.
Ayer, se intentó conocer el criterio de la ministra de Salud, Daisy Corrales Díaz, pero no contestó la llamada que se le hizo a su teléfono celular.
La Nación. 

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