¿Cuándo se debe notificar RAMS?

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  Para el caso de profesionales de salud e instituciones prestadoras de servicios de salud pública y privada Para las reacciones adversas “no serias” se debe notificar en un máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para las reacciones adversas serias (graves) o amenaza de vida, inesperados, medicamentos de reciente comercialización y medicamentos de reciente incorporación a los listados institucionales se debe notificar en un máximo de 72 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para los casos de “muerte” (incluye aquellos por causas no especificadas), se debe notificar en un máximo de 24 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso.  

Mercenarios del Cáncer: la problemática colombiana alrededor del acceso y calidad de la quimioterapia


Al drama de quienes padecen cáncer en Colombia se suma que solo el 30% de los servicios ofrecidos están certificados y que por cada cinco centros oncológicos hay un especialista para atenderlos. 

El conpes 155 de política farmacéutica ya había identificado el problema de Dispersión y falta de integralidad en la prestación de los Servicios Farmacéuticos como uno de los problemas centrales del sistema de salud y establece el mandato del diseño de redes de servicios farmacéuticos con énfasis en atención primaria 

A estos problemas se suman los conflictos de intereses que alejan el foco de la atención en salud del deber ser: el paciente. 

"....la forma como opera el sistema de salud ha creado incentivos a los médicos para formular medicamentos que no siempre se requieren e incluso terminan siendo contraproducentes. Algunos centros sin control o profesionales, por ejemplo, ganan comisión por la venta de medicamentos. Murillo da fe de cómo le llegan pacientes a los que les han recetado tratamientos de quimioterapia cuando podrían haberse atendido mediante cirugía o con otro tipo de tratamiento menos costoso e intrusivo. “Es un sistema perverso que estimula la formulación” dice Castro...."

En la actualidad existen cerca de 4400 SF habilitados, correspondientes a 2912 en IPS privadas, 1548 públicas y 9 mixtas; pero preocupa la proliferación de servicios para la provisión de medicamentos oncológicos, posiblemente incentivada por rentabilidades económicas de los recobros, muchos de ellos sin observar los estándares de calidad.

"Por otro lado, este esquema desangra el sistema de salud pública. Vía tutela se exige prácticamente cualquier tratamiento sin importar su costo. “He tenido pacientes que viajaron a Suiza y les tocó regresar porque allá no les cubrían los medicamentos que aquí les daban” dice Castro. De hecho, según cifras de la Defensoría del Pueblo las tutelas para demandar tratamientos oncológicos crecieron en un 45 por ciento al pasar de 3.105 en 2010 a 4.521 en 2011. "
Fuente:http://cimuncol.blogspot.com/2013/02/mercenarios-del-cancer-la-problematica.html

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