En un sondeo entre dependientes de farmacia realizado el lunes, se constató que la mayoría desconoce el contenido de la Ley y cómo esta afectará su trabajo.
Desde hace tiempo, ha sido común entrar en cualquier farmacia y que mientras la dependiente busca la medicina recetada, una joven promotora informe que un complejo vitamínico o un genérico como el diclofenaco están "en oferta". Con la nueva Ley, esto ya no será posible.
El inciso "f" del artículo 57 de la misma prohíbe: "Usar viñetas, vales y certificados de regalo, como estrategia comercial para la prescripción, dispensación o venta al público, en forma preferencial de sus medicamentos; así como cualquier otra forma de incentivo cuyo objetivo sea buscar la prescripción, dispensación o venta al público en forma preferencial de sus medicamentos".
Por otro lado, el artículo 79, en su inciso "b", incluye entre una lista de 24 infracciones "muy graves": "Permitir, el o los responsables del establecimiento farmacéutico, la prestación de servicios de consulta médica, de odontología, enfermería y demás profesionales de la salud al interior de droguerías, farmacias y ventas de medicinas, así como la prescripción de medicamentos en dichos establecimientos".
En caso de transgresión, el responsable de la farmacia será sancionado con la "suspensión de la autorización".
Otro artículo que no deberían ignorar quienes trabajan en farmacias es el 13, dedicado a los conceptos y definiciones. Según este, "dependiente" es quien trabaja en una farmacia y está "debidamente acreditado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Químico Farmacéutica" y que dispensa "los medicamentos prescritos por un facultativo".
Pero los dependientes de farmacias no tiene el conocimiento de cómo, cuándo y dónde deberán acreditarse. "Si va ser gratis (está bien)... No salgan con que uno tiene que pagar esa acreditación, (que) para poder trabajar hay que hacerlo", considera el dependiente José Mejía.
Quienes formularon esta Ley pretendían evitar que los dependientes de farmacia receten o recomienden medicamentos a los clientes.
No obstante en el referido artículo les asigna la facultad de "dispensar", cuando párrafos atrás se define la "dispensación" como el "acto profesional farmacéutico de proporcionar uno o más medicamentos a un paciente...".
Acto en el que "el farmacéutico informa y orienta al paciente sobre el uso racional y adecuado del medicamento".
"Pues es prácticamente lo mismo", afirma la dependiente Xiomara Gómez, "uno con el tiempo que lleva trabajando en esto aprende sobre los medicamentos y le puede sugerir al usuario", Xiomara Gómez.
El martes, cuando el gobierno reanude labores, no estaría mal que realizara una jornada informativa para los empleados de farmacias.
ElSalvador.com