¿Cuándo se debe notificar RAMS?

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  Para el caso de profesionales de salud e instituciones prestadoras de servicios de salud pública y privada Para las reacciones adversas “no serias” se debe notificar en un máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para las reacciones adversas serias (graves) o amenaza de vida, inesperados, medicamentos de reciente comercialización y medicamentos de reciente incorporación a los listados institucionales se debe notificar en un máximo de 72 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para los casos de “muerte” (incluye aquellos por causas no especificadas), se debe notificar en un máximo de 24 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso.  

Paciente renales reclaman fármaco contra anemia en El Salvador

Ante la supuesta falta de cumplimiento por parte del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) para aplicar el medicamento Eritropoyetina Beta, en vez de la del tipo Alfa ordenada por la Sala de lo Constitucional, en julio de 2018, los pacientes con padecimientos insuficiencia renal crónica pidieron a la Asamblea Legislativa que el director de la autónoma, Ricardo Cea, comparezca ante la Comisión de Salud y explique por qué no se las suministran.
El Seguro Social, hasta la fecha y desde el 4 de noviembre de 2016 se obtuvo la medida cautelar, desde ese momento no se habría  cumplido según lo comentaban los pacientes. No se ha cambiado la Eritropoyetina Alfa y hasta el momento han realizado un contrato por 355,700 jeringas de Eritropoyetina Alfa. Agregaron que la aplicación del medicamento les ha desmejorado, debido a los efectos secundarios a su salud.
El cambio de medicamento afecta directamente a 580 pacientes del Centro de Hemodiálisis Integral del ISSS. Los pacientes argumentan que la altas dosis que aplican con el actual medicamento (Eritropoyetina Alfa) hay mayor efecto secundario.
El fármaco (Eritropoyetina Beta) que la CSJ ha ordenado que se cumpla a los pacientes, solo es aplicada una vez al mes. Mientras que la actual es aplicada entre 36 a 48 inyecciones porque en cada una de ellas les ponen de 3 a 4 jeringas.
 La falta del fármaco baja la hemoglobina de los pacientes y los hace vulnerables, debido a que deben someterse a transfusiones de sangre frecuente para no padecer de anemia.
La contraparte por su parte el  ISSS dicen han dado  total cumplimiento a la Sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional sobre el uso de agentes estimulantes de la eritropoyesis (epo beta/epo alfa) en pacientes renales. A los 2000 pacientes con insuficiencia renal crónica, con cuadro de anemia se les ha garantizado el tratamiento médico adecuado para su padecimiento, para lo cual se ha considerado en cada caso la evolución de su enfermedad, el resultado obtenido con los tratamientos anteriores, los efectos secundarios de los medicamentos que actualmente se les suministran y el impacto que estos producen en su calidad de vida, tal como lo requirió la sentencia referida; siendo el facultativo del ISSS quién prescribe los medicamentos y el esquema terapéutico apropiados para cada paciente, sin que ello implique necesariamente el cambio a un medicamento específico. 

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