¿Cuándo se debe notificar RAMS?

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  Para el caso de profesionales de salud e instituciones prestadoras de servicios de salud pública y privada Para las reacciones adversas “no serias” se debe notificar en un máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para las reacciones adversas serias (graves) o amenaza de vida, inesperados, medicamentos de reciente comercialización y medicamentos de reciente incorporación a los listados institucionales se debe notificar en un máximo de 72 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para los casos de “muerte” (incluye aquellos por causas no especificadas), se debe notificar en un máximo de 24 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso.  

Pacientes Hemofílicos con problemas para obtener medicamentos.


Pese a que según las autoridades de Salud la Ley de Medicamentos busca facilitar el acceso de los salvadoreños a los medicamentos, en algunos casos, como el de los pacientes con hemofilia, ha ocurrido lo contrario.
La Asociación de Hemofílicos de El Salvador solía recibir donativos por parte de un laboratorio que distribuye el Factor VIII y IX. Quienes viven con esta enfermedad necesitan uno de estos factores para frenar las hemorragias que suelen aquejarlos.
Los donativos podían consistir en medicamentos o en dinero en efectivo para adquirirlo. Pero estos donativos ya no serán posibles. Así lo hizo saber la representante del laboratorio al presidente de la asociación.
Lo anterior debido a que el artículo 57 de la Ley, en su inciso "e", prohíbe a los laboratorios, las droguerías y las farmacias "otorgar u ofrecer, directa o por medio de terceras personas, dádivas, comisiones, regalos, bonos, pago en efectivo o cualquier otro tipo de regalías, directa o indirectamente a médicos, odontólogos, médicos veterinarios, dependientes, regentes, empleados de instituciones públicas y privadas o propietarios de droguerías o farmacias, para la prescripción, dispensación o venta al público de sus medicamentos en forma preferencial".
Claudia Chorro, representante del laboratorio Baxter, explicó que están en un periodo de aprendizaje: "Como no ha salido el reglamento estamos tratando de entender la cobertura que tiene la Ley de Medicamentos y, en lo que averiguamos, se ha tratado de no estar muy cerca de alguna prohibición".
Por ello, actualmente los laboratorios, las droguerías e incluso las farmacias están tratando de ser lo más precavidos posible para no incurrir en una falta. El artículo 57 deja en el aire otra duda para estas empresas: ¿Se pueden dar o no muestras médicas?

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