¿Cuándo se debe notificar RAMS?

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  Para el caso de profesionales de salud e instituciones prestadoras de servicios de salud pública y privada Para las reacciones adversas “no serias” se debe notificar en un máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para las reacciones adversas serias (graves) o amenaza de vida, inesperados, medicamentos de reciente comercialización y medicamentos de reciente incorporación a los listados institucionales se debe notificar en un máximo de 72 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso. Para los casos de “muerte” (incluye aquellos por causas no especificadas), se debe notificar en un máximo de 24 horas a partir de la fecha en que se identificó el evento adverso.  

Autoridades alertan por tratamiento falso contra chikungunya en El Salvador

El director Nacional de Medicamentos, José Vicente Coto, dio a conocer la denuncia e investigación contra un tratamiento fraudulento para tratar el virus del chikungunya y sus consecuencias.

Las autoridades se dieron cuenta de la situación luego de recibir denuncias de que en el establecimiento de una clínica de fisioterapia en la colonia Las Colinas, en Santa Tecla, se estaba ofreciendo el medicamento. La oferta del tratamiento se dio a conocer a través de anuncios en prensa escrita.

Específicamente se trata de dos productos: uno se llama MM16 Forte+Si+V y el otro Ascorbato de Sodio, la cual es la combinación que el médico Gerardo Ernesto Chávez Iraheta estaba usando y aplicando vía inyección.

“Estos productos no tenían registro sanitario en el país y al ir a la droguería nos dimos cuenta que el producto fue inscrito como un reactivo para calibrar equipos farmacéuticos”, dijo Coto.

Al realizar la investigación en la droguería, la DNM corroboró que la documentación se refería a que los productos no podían ser consumidos por humanos si no que solo para utilización “in vitro” (para pruebas de laboratorio).

Según los registros, la solicitud para la importación de estos reactivos para calibrar equipos farmacéuticos se hizo el 29 de julio de 2014. Ante esto, la DNM ha requerido a la droguería que distribuye el producto que le brinde todas las facturas para verificar dónde ha distribuido el producto y continuar con la investigación.

Las pacientes que denunciaron este tratamiento detallaron que costaba entre $70 y $75. La DNM dijo desconocer si los denunciantes lo habían continuado.

El director fue enfático al decir: “Hemos examinado los registros, en El Salvador, en Centroamérica y en los países de Latinoamérica no existe un medicamento que tiene la indicación de tratar el chikungunya”.

Además, se encontró que la clínica de fisioterapia no contaba con la autorización del Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) y, además, habían productos del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) –lo cual es prohibido– y algunos medicamentos ya estaban vencidos.

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